Perito judicial

Cuando no es posible la resolución de un siniestro por vía amistosa, ya sea por rechazo del siniestro por parte de la Compañía Aseguradora, como por entender que la oferta indemnizatoria no alcanza la cantidad debida, el asegurado puede presentar demanda en el Juzgado, si está en plazo.

 

A requerimiento de la parte demandante, la parte demandada, o del propio Juez, un perito analizará los motivos de controversia en base al propio contrato de póliza, fórmulas de aseguramiento utilizadas, y plasmará sus conclusiones en un informe oficial que será presentado en el Juzgado. Asistirá al juicio para declarar, aclarar y ratificar sus conclusiones. Este informe ayudará al Juez designado para el caso a emitir una sentencia justa, tras haber tenido ocasión de valorar todos los informes que hayan sido presentados.

Si, siempre que la materia objeto de litigio se base en los términos de contratación de la póliza de seguros y en la controversia por la aplicación de dichos términos en la resolución del siniestro, o en el propio rechazo del mismo por parte de la Compañía Aseguradora al tramitar el expediente.

No, cuando exista una relación previa y distinta a la contratación de sus servicios con cualquiera de las partes afectadas. En este caso, podrá sugerir la actuación de otro perito judicial experto en materia de seguros, ya que su informe podría carecer de la necesaria objetividad.

Persona física con titulación de Mediador de Seguros y el correspondiente diploma acreditativo de su condición de perito judicial experto en materia de seguros, obtenido oficialmente y tras realizar los cursos preparatorios establecidos a tal efecto.

En EUROMEX, la persona indicada es Doña Isabel Quincoces Zabala.

×